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	<title>Blog de Publicidad &#187; correo electrónico</title>
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	<description>Todo sobre la publicidad más rentable</description>
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		<title>La publicidad no deseada tiene los días contados</title>
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		<pubDate>Wed, 15 Jul 2009 09:00:56 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Redacción</dc:creator>
				<category><![CDATA[Publicidad Tradicional]]></category>
		<category><![CDATA[correo electrónico]]></category>
		<category><![CDATA[correo postal]]></category>
		<category><![CDATA[publicidad no deseada]]></category>
		<category><![CDATA[sms]]></category>

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		<description><![CDATA[Apuntarse a la Lista Robinson, fichero de exclusión publicitaria, permite dejar de recibir comunicaciones comerciales por sms, correo electrónico y postal a los ciudadanos que así lo deseen.
Todo aquel que desee dejar de recibir este tipo de publicidad sólo tiene que apuntarse a este nuevo servicio que han creado la Agencia Española de Protección de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">Apuntarse a la Lista Robinson, fichero de exclusión publicitaria, permite dejar de recibir comunicaciones comerciales por sms, correo electrónico y postal a los ciudadanos que así lo deseen.</p>
<p>Todo aquel que desee dejar de recibir este tipo de <a title="Publicidad" href="http://www.blogdepublicidad.es" target="_blank">publicidad</a> sólo tiene que apuntarse a este nuevo servicio que han creado la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y la Federación de Comercio Electrónico y <a title="Marketing" href="http://www.blogdemarketing.net" target="_blank" onclick="pageTracker._trackPageview('/outgoing/www.blogdemarketing.net?referer=');">Marketing</a> Directo (FECEMD).</p>
<p><span id="more-702"></span>Inscribiéndose, el usuario dejará de recibir comunicaciones comerciales mediante llamadas, sms, correo postal y correo electrónico, de empresas con las que no mantenga o no haya mantenido algún tipo de relación. Es decir, todas aquellas compañías que tienen sus datos sin que él mismo se los haya proporcionado y les haya dado autorización para el envío de <a title="Publicidad" href="http://www.blogdepublicidad.es" target="_blank">publicidad</a>.</p>
<p>Desde abril de 2008, según recoge la Ley de Protección de Datos, las empresas están obligadas a consultar estas listas para cerciorarse de que los usuarios no tienen ninguna objeción en recibir <a title="Publicidad" href="http://www.blogdepublicidad.es" target="_blank">publicidad</a>. El problema es que en España la única lista Robinson que existía era sólo de correo postal.</p>
<p>&#8220;Esta lista surge por un cambio de normativa pero hasta ahora las empresas no cumplían la Ley porque no existía ningún fichero al que acudir. Nosotros la hemos desarrollado como un mecanismo de autorregulación dentro de nuestro sector&#8221;, explica José Luis Zimmerman.</p>
<p>Los consumidores que quieran entrar a formar parte de la lista Robinson tan sólo tienen que apuntarse a través de www.listarobinson.es.  Después de registrarse en la página y de recibir un nombre de usuario, podrán decidir qué compañías no quieren que les envíen <a title="Publicidad" href="http://www.blogdepublicidad.es" target="_self">publicidad</a> por correo, Internet, teléfono (fijo o móvil), sms, mms o &#8220;cualquier otro medio de comunicación electrónica equivalente&#8221;. &#8220;No se puede elegir qué empresas queremos que nos envíen publicidad sino lo contrario, porque es un fichero excluyente&#8221;, recuerda Zimmerman.</p>
<p>Una vez inscrito en la lista Robinson, podrás seguir recibiendo <a title="Publicidad" href="http://www.blogdepublicidad.es" target="_blank">publicidad</a> durante los tres meses siguientes &#8220;porque puede que ya haya campañas en marcha&#8221;. Pero las empresas tan sólo tendrán 90 días. Si el día 91 recibes un sms de <a title="Publicidad en el móvil" href="http://www.blogdepublicidad.es/publicidad-en-el-movil-remunerada/" target="_self">publicidad en el móvil</a> de una de las empresas a las que has renunciado, estarán vulnerando tus derechos como consumidor. Entonces, el relevo lo toma la Agencia Española de Protección de Datos, a la que los consumidores tendrán que acudir si esto ocurre.</p>
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		<title>Consejos para acabar con el Spam o publicidad no deseada</title>
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		<pubDate>Tue, 30 Dec 2008 08:00:10 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Redacción</dc:creator>
				<category><![CDATA[Publicidad Online]]></category>
		<category><![CDATA[correo electrónico]]></category>
		<category><![CDATA[e-mails]]></category>
		<category><![CDATA[sistemas antispam]]></category>

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		<description><![CDATA[Según el informe anual de antispameurope, durante el pasado año 2008 los niveles de spam o publicidad no deseada se elevaron de una forma muy significativa. Las estadísticas analizadas indican que en diciembre del pasado año, la compañía protegió a sus usuarios de más de 18.000 correos no deseados de media por cada usuario, lo [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">Según el informe anual de antispameurope, durante el pasado año 2008 los niveles de spam o <a title="Publicidad" href="http://www.blogdepublicidad.es" target="_blank">publicidad</a> no deseada se elevaron de una forma muy significativa. Las estadísticas analizadas indican que en diciembre del pasado año, la compañía protegió a sus usuarios de más de 18.000 correos no deseados de media por cada usuario, lo que representa un aproximado de 600 correos spam recibidos al día.</p>
<p style="text-align: justify;">También hay que tener en cuenta la media de peso de cada uno de estos correos no deseados; un spam normal suele tener una media de peso de 6 KBs, lo que supone mensualmente una transferencia de 111 MB por usuario, aproximadamente, 5,5 GB para una empresa de 50 usuarios. Esto en empresas se traduce en perdida de tiempo para sus empleados y excesivo trafico en su red pudiendo alterar otros servicios.</p>
<p style="text-align: justify;"><span id="more-386"></span>Generalmente nos lo encontramos en nuestro correo electrónico, pero también nos lo encontramos en nuestro correo postal, en nuestro móvil a través de mensajes SMS, en llamadas telefónicas ofreciéndonos servicios tecnológicos, seguros, pólizas, productos financieros, etc…</p>
<p style="text-align: justify;">En teoría, la ley prohíbe este tipo de “<a title="Publicidad" href="http://www.blogdepublicidad.es" target="_blank">publicidad</a>”, y digo en teoría porque, como siempre, nosotros los perjudicados por mucho que nos demos de baja, sigamos las instrucciones para no recibir este tipo de <a title="Publicidad" href="http://www.blogdepublicidad.es" target="_blank">publicidad</a>, la seguimos recibiendo una y otra vez.</p>
<p style="text-align: justify;">Para poder combatir el spam desde nuestra casa y equipo, aquí tenéis unos consejos prácticos:</p>
<p style="text-align: justify;">- No facilitar nuestro email, móvil, teléfono y dirección postal de una forma pública<br />
- Activar correctamente el filtro de correo no deseado en nuestro programa de correo<br />
- Instalarnos un programa antispam y un bloqueador de pop-up’s (ventanas emergentes)<br />
- A los SMS de <a title="Publicidad" href="http://www.blogdepublicidad.es" target="_blank">publicidad</a> recibidos en el móvil, borrarlos, bajo ningún concepto contestar o dar de baja (al no ser que te hayas suscrito)<br />
- A las llamadas de numero oculto y anónimas, no atender el teléfono<br />
- A las llamadas tipo 902 y números largos, precaución, pueden se bancos y operadoras ofreciéndonos servicios
</p>
<p style="text-align: justify;">Para empresas y grandes corporaciones que no tengan ya su propio sistema antispam, hay empresas que ofrecen este servicio como SpamShark y AntiSpamEuropa.</p>
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